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Revés para la constructora en su proyecto de Los Molles, paralizado desde 2021.

Los-molles

La obra que, considera una inversión de US$ 19 millones, comenzó su etapa constructiva en marzo de 2021; por mandato de la Corte de Apelación de Valparaíso, se paralizó toda faena cuatro meses después, lo que se mantiene vigente, dijo la empresa.

Una nieva arremetida inició la sociedad RD Constructora- representada por Raúl del Río Díaz- para intentar sacar adelante un millonario proyecto en el balneario de los Molles, en la Región de Valparaíso. La empresa presentó un Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, denominado Condominio Paseo Constanera Los Molles, pero la autoridad sectorial lo declaró inadmisible.

El proyecto- valorado en US$ 19 millones y que cuenta con un permiso de edificación del 22 de enero de 2019, otorgado por la Dirección de Obras Municipales de La Ligua- consiste básicamente en la construcción y operación de un edificio de hasta seis pisos con 195 departamentos y 180 estacionamientos.

El 29 de octubre de este año, la constructora presentó un Estudio de Impacto Ambiental de la obra. En el documento, la empresa dijo que su objetivo general es «el desarrollo inmobiliario de un predio definido como urbano por los instrumentos de Planificación Territorial (IPT) vigentes, permitiendo el crecimiento ordenado de Los Molles, respetando el medio ambiente y las singularidades naturales existentes. «

Además, afirmó que el terreno donde se emplaza la iniciativa – de 12.798 m2- cuenta con la factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado de aguas servidas, según el certificado nº 701 de julio de 2017 de la empresa Sanitaria Aguas San Isidro.

Los EIA corresponden a una de las vías de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el cual es un instrumento de gestión ambiental , de carácter preventivo, destinado a determinar si el impacto ambiental que genera a determinar si el impacto ambiental que genera un proyecto o actividad se ajusta o no a la normativa vigente.

El pasado 6 de diciembre, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de Valparaíso, Paola La Rocca, declaró inadmisible el estudio del mentado proyecto. En su resolución, dijo que, habiendo realizado el examen formal de los antecedentes del EIA del proyecto, no se presentaron los contenidos mínimos a que se refiere el Título III, párrafo 2º, artículo 18 del Reglamento del SEIA.

Dentro de éstos, dijo que no se adjuntaron antecedentes referidos a «una descripción pormenorizada de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. «

Junto a todo esto, la directora regional del SEA dijo que, ante una eventual nueva presentación del titular del proyecto, éste debe informar si se ha realizado un proceso voluntario de Participación Ciudadana Temprana (PCT), así como las acciones elaboradas previamente a las presentación del EIA, en relación con las consultas y/o encuentros con organizaciones ciudadanas o con personas naturales directamente afectadas, incluyendo los resultados obtenidos en dichas iniciativas.

¿Riesgos?

El proyecto se localiza en la Avenida Hermanos de La Costa 593 frente a la playa de Los Molles en una zona contigua al Humedal Estuario Los Molles.

En su Estudio de Impacto Ambiental , la compañía detalló: «Esta obra comenzó su etapa constructiva el 15 de marzo 2021, posteriormente por mandato de la Corte de Apelación de Valparaíso se paralizó toda faena constructiva el 1 de julio del 2021, situación que se mantiene actualmente»

La construcción fue paralizada después de un recurso de protección interpuesto por el Colectivo Cabildo Ciudadano Los Molles, presentado el 21 de junio de 2021, que apuntó a que la obra «no cuenta con abastecimiento de agua potable propia y se ubica en una localidad sin agua potable asegurada u arriesgado el abastecimiento de este bien básico a toda la comunidad actual de los habitantes de Los Molles».

La entidad también cuestionó que el terreno donde se emplaza el proyecto es parte del Humedal estuario Los Molles, y se producen alteraciones significativas a la biota del mismo y a su flora y fauna, junto con una alteración significativa- afirmó- a los sistemas de vida y costumbres de los recurrentes y los habitantes de la localidad, los cuales no han ido sido objetivo de una evaluación ambiental alguna.

Junto a esto, los recurrentes afirmaron que la obra se emplaza en un sector con riesgo de inundaciones y además en un sector con riesgo de inundaciones y además bloquea una vía de evacuación de personas desde la playa o borde costero en caso de inundación, crecida o tsunami.

En diciembre de 2021, el tribunal de alzada rechazó, sin costas, el recurso de protección.

En su fallo, el tribunal dijo que, evacuado un informe por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante y por la Oficina Nacional de Emergencia, «es posible advertir que el proyecto se emplazara en un sector que no se encuentra en zona de riesgo de inundación por tsunami»

Luego, se señaló que la Superintendencia de Servicios Sanitarios informó al mencionado tribunal que el proyecto se encuentra emplazado dentro del territorio operacional de la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A, el que cuenta con la factibilidad del servicio de distribución de agua potable de dicho prestador , por lo que no requiere de un sistema propio.

Luego, la corte apuntó a que «la materia objeto del presente recurso se encuentra pendiente de resolución, en cuanto a la pertinencia de someter el proyecto a la evaluación de impacto ambiental»

Esto, por cuanto en el mismo año 2021, específicamente en septiembre, la empresa presentó una consulta de pertinencia para que la autoridad sectorial determinara si el proyecto debe o no ser ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

«El proyecto no debe ser sometido a evaluación de impacto ambiental», dijo la empresa, la que aseguró que la obra «se ubica en un terreno donde no se reconocen humedales declarados».

También sostuvo que «se emplaza fuera de cualquier área colocada bajo protección oficial».

En enero del año pasado, la Directora Regional del Servicio de Evaluación ambiental de Valparaíso, Paola La Rocca, dijo que el proyecto debe someterse obligatoriamente el SEIA en forma previa a su ejecución.

Fuente: Diario Financiero

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