Cumplimos la Norma NCh3658/1:2021 y la Norma NCh3658/2:2022

AVISO: Nos hemos trasladado a una nueva ubicación. A partir de ahora, te atenderemos en nuestras instalaciones de la calle Almirante Pastene, 244 (oficina 303), Providencia, Santiago.

Portabilidad Financiera ya opera: «Cambiar de banco será como casarse, 2 partes deben tener interés»

Este martes 8 de septiembre comenzó a estar operativa la Portabilidad Financiera, que permitirá a personas y empresas migrar de banco -con productos financieros incluidos- de una manera menos engorrosa, pero no por eso menos protocolar en cuanto a evaluaciones y requisitos.

En detalle, tanto las personas como las compañías que califiquen para cambiar de banco podrán transportar sus cuentas corrientes, líneas de crédito, créditos automotrices, créditos de consumo y tarjetas de crédito de una institución financiera a otra, en forma rápida y con menores costos.

Por ejemplo: refinanciar un crédito hipotecario de 1.000 UF implicaba un costo aproximado de $700.000. La portabilidad bajará el costo en un 60%, a $280.000 aproximadamente.

Desde la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) destacaron que la portabilidad aumentará la competencia y conllevará a que la banca ofrezca mejores productos financieros.

José Manuel Mena, presidente de la ABIF, ejemplificó en Radio Universo de manera clara: “Será como casarse. Para que aplique la Portabilidad Financiera las dos partes (cliente y banco) deben estar interesadas”.

En la misma línea, fue enfático en subrayar que es un error comparar esta portabilidad con la que permite los cambios de compañía de telecomunicaciones.

De acuerdo a estimaciones del Gobierno, esta portabilidad beneficiará al 97% de la población adulta que tiene algún producto financiero, incluyendo 3,8 millones de cuentas vista, 4 millones de cuentas corrientes y 20 millones de tarjetas de crédito.

Ricardo Ibáñez, abogado de DefensaDeudores.cl, también advirtió que “las personas no pueden asumir que será de la misma forma que como se produce, por ejemplo, la portabilidad telefónica”.

El abogado señaló que las entidades financieras seguirán contando con exigencias y con políticas de análisis de riesgo antes de aceptar que un cliente se porte.

Uno de los puntos de la nueva normativa que ha generado interés se relaciona con el refinanciamiento de créditos y poder, por ejemplo, lograr que un banco compre la deuda hipotecaria que se tiene con una entidad, buscando mejores condiciones, que finalmente se traduzcan en un ahorro en el largo plazo.

Con la portabilidad se establece un procedimiento de subrogación que permite disminuir los costos, por ejemplo, en el caso de trámites notariales y el Conservador de Bienes Raíces.

“Es importante que si quiere optar por la portabilidad de un hipotecario se mantenga al día con sus cuotas”, remarcó DefensaDeudores.cl.

Además, atrasarse en este tipo de créditos puede generar dolorosas consecuencias como la pérdida de la propiedad, ya que existe una cláusula de aceleración asociada. “Esto quiere decir que si se atrasa en una o más cuotas van a acelerar el crédito y pueden cobrar toda la deuda, incluyendo cuotas pendientes”, explicó Ibáñez.

¿Qué entidades financieras están consideradas para la Portabilidad?

-Bancos.
-Compañías de seguros.
-Agentes administradores de mutuos hipotecarios.
-Cooperativas de ahorro y crédito.
-Cajas de compensación.
-Instituciones que coloquen fondos de manera masiva (por ejemplo, empresas que otorgan créditos automotrices).
-Emisores de tarjetas.
-Otras entidades fiscalizadas por la CMF.

Pero ¿Cómo funciona?

Lo primero: pedir un Certificado de Liquidación

Cualquier persona que esté interesada en cambiarse de institución financiera o en refinanciar sus créditos, podrá solicitar de manera gratuita un Certificado de Liquidación, documento que contendrá “la individualización de todos sus productos, junto con la tasa y comisiones aplicables y el valor que debe desembolsar para prepagar cada uno de sus créditos”, detalla el sitio oficial de la portabilidad.

Este certificado se puede requerir directamente al proveedor financiero y luego ser enviado a los potenciales nuevos acreedores para que hagan una oferta. O bien, comunicarse directamente con los proveedores con quienes quiere cotizar e indicarles que quiere portar su o sus productos financieros y quién es su proveedor inicial.

Lo segundo: solicitar la portabilidad

Si la persona o empresa obtiene condiciones más favorables, o si por alguna razón no está conforme con los servicios y atención de su actual institución financiera, podrá presentar una “solicitud de portabilidad financiera” en la nueva entidad seleccionada.

En esta se podrá solicitar la apertura de nuevos productos financieros, refinanciar créditos y ordenar, si así lo desea, el cierre de los productos financieros que mantiene vigentes en su entidad crediticia actual.

Y si había pedido un refinanciamiento de un crédito ¿qué pasa?

En caso de que un cliente haya solicitado un refinanciamiento, se establece un procedimiento de subrogación que permite disminuir de manera importante los costos y los tiempos empleados en un refinanciamiento y, a la vez, otorga flexibilidad para que la persona pueda modificar el plazo o la tasa de interés del crédito.

Otros trámites

En caso de que un cliente haya ordenado el cierre de productos financieros vigentes con su institución financiera actual, este no deberá hacer trámites ya que la nueva institución financiera deberá hacerse cargo de comunicar la orden de cierre.

Más fácil y más barato

Con la Portabilidad Financiera se crea la figura de la “subrogación para evitar la constitución de nuevas garantías, ahorrando todos los costos y tiempos necesarios de este proceso”.

Por ejemplo, para el refinanciamiento de créditos hipotecarios no se necesitará la constitución de una nueva hipoteca, “sino que se deberá realizar solo una anotación al margen de la ya existente”, indicó el Gobierno en la web informativa al respecto.

Adicionalmente, se eliminan todos los costos monetarios y de tiempo asociados a la constitución de nuevas garantías. Esto, porque a través de la figura de la subrogación legalmente siguen vigentes las garantías de los créditos actuales, cambiando solo la institución beneficiaria de dichas garantías.

Fuente: Biobiochile.cl

COMPARTIR

Artículos relacionados